Enciclopedia jurídica

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Descendiente

(Derecho Civil) Individuo que toma su filiación de una persona que lo ha precedido en la serie de las generaciones. Este parentesco en línea directa hace surgir una vocación sucesoral privilegiada y produce relaciones de obligación o impedimentos recíprocos (alimentos, testimonio, matrimonio...).

Persona nacida de otra (Ver Gr., Sucesión transmitida al descendiente).

En general persona unida a otra por vínculos de sangre en línea recta descendente.

El grado de parentezco en línea recta descendente se computa igual que en la ascendiente (Ver Gr., El hijo implica primer grado; el nieto segundo grado, etcétera). Ver Línea descendiente.

Hijo, nieto, bisnieto, tataranieto, chozno o persona de ulterior generación y de uno u otro sexo que, por natural propagación, procede de un tronco común o cabeza de familia.


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