Enciclopedia jurídica

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Derechos reales de garantía

Denominados también derechos reales de realización de valor, son los que dejan afectados unos bienes determinados al pago de una deuda y para el caso de que no se cumpla tal obligación. Dichos bienes quedan gravados con independencia de si cambian de dueño. Mientras la obligación que garantizan no esté totalmente cumplida, los bienes afectados por el derecho real de garantía quedan sujetos a la venta que puede instar el acreedor para que, con el precio así obtenido, se pague la obligación garantizada. Los derechos reales de garantía añaden, en definitiva, unos elementos patrimoniales concretos a la posibilidad de que el acreedor obtenga el pago de lo que se le debe. Por tanto, además de poder dirigirse contra el patrimonio del deudor que no cumple, el acreedor podrá dirigirse contra el bien sobre el que se ha constituído un derecho real de garantía.

Código civil, artículos 1.857 a 1.862.


Derechos reales de adquisición      |      Derechos reales in faciendo