Derecho Constitucional
1. Conjunto de normas que determinan la organización y funcionamiento de las Cámaras parlamentarias. Estas normas pueden contenerse en prácticas observadas consuetudinariamente por el Parlamento o aprobadas por el mismo en forma de orders (Gran Bretaña), o bien en una norma específica, característica del Derecho parlamentario continental europeo, denominada Reglamento parlamentario. 2. Parte del Derecho Constitucional que estudia las normas reguladoras de la organización, composición, funcionamiento y poderes de las Cámaras parlamentarias (V. Parlamento; Cortes Generales; reglamento parlamentario).
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