Se trata de la defraudación que realiza quien vendiere o gravare como bienes libres, los que fueron litigiosos o estuvieren embargados o gravados, o bien aquel que vendiere, gravare o arrendare como propio un bien ajeno, con perjuicio para un tercero.
Las codificaciones, en general, comprenden esta figura delictiva en el marco más general de la estafa (códigos italiano y alemán). También lo previo el derecho romano como forma de crímen stellionatus.
Los elementos que, normalmente, constituyen esta figura delictiva son:
1) el acto de disposición de la cosa;
2) la carencia de disponibilidad de la cosa (Ver Gr., Afectada a embargo) o la falta de legitimación para disponer de ella (Ver Gr., Cosa ajena);
3) la simulación de titularidad o libertad de la cosa frente al tercero;
y
4) el perjuicio patrimonial.
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