Conocido también como contrato tecnológico, es el que tiene por objeto la transmisión de tecnología entre una parte, llamada transferente, cedente o licenciante, y otra denominada receptor, cesionario o licenciatario. En virtud de tal contrato, el transferente se compromete a transmitir al receptor determinada tecnología a cambio de un precio. En un sentido amplio, esta clase de contratos pueden comprender los conocimientos técnicos o tecnología patentada o no; en un sentido restringido, el contrato tecnológico se refiere sólo a la tecnología no inscrita en el Registro de la propiedad industrial. Todos estos contratos pueden adoptar cualquiera de las modalidades de cesión de la propiedad o del uso de la tecnología.
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