[DF] Actuación administrativa destinada a confrontar el valor de las rentas, productos, bienes y demás elementos del hecho imponible con arreglo a los siguientes medios: 1) capitalización; 2) estimación por referencia a los valores que figuren en los registros oficiales de carácter fiscal; 3) precios de mercado; 4) cotizaciones en mercados nacionales y extranjeros; 5) dictamen de peritos de la administración, y 6) otros medios previstos en la Ley de cada tributo. El sujeto pasivo puede, en todo caso, promover, a la vista de la comprobación de la administración, la tasación pericial contradictoria.
iSSi LGT, Ley 58/2003, de 17 de diciembre, arts. 57,134, 135.
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