Prestación económica que generalmente consiste en el pago de una suma de dinero, impuesta por el estado al permisionario o concesionario de uso del dominio público.
El pago por el uso no puede configurar una tasa, ya que no representa la retribución de servicio alguno. En este caso el estado no presta un servicio: se limita a permitir el uso especial de un bien del domicilio público; por ejemplo, concesión para extraer agua de un río con destino a irrigación.
Del griego kanon, regla, norma, modelo. | Precepto. | Lista, catálogo. | La pensión que se paga, en reconocimiento del dominio directo del algún predio, por la persona que tiene el dominio útil del mismo. (V. CENSO)
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