Derecho Constitucional
En sentido estricto, la campaña electoral es el conjunto de actividades lícitas llevadas a cabo por los candidatos, los partidos y otras entidades que concurren con sus candidaturas a un proceso electoral, en orden a la captación de los sufragios. Este concepto estricto es utilizado por el legislador para establecer el régimen especial de ciertos actos de campaña, que son facilitados mediante la puesta a disposición de esos sujetos de medios públicos y quedan bajo la jurisdicción de los órganos de la Administración electoral.
El legislador emplea también un concepto sustancial de la campaña, en el que no es esencial el elemento subjetivo que figura en la definición antes dada, y establece prohibiciones temporales o personales de llevar a cabo actividades de campaña que afectan a quienes, conforme a la definición dicha, no son sujetos hábiles de la campaña sensu stricto.
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