(Derecho Civil) Io Obligación que incumbe a uno de los cónyuges de acudir en ayuda del otro cónyuge por medio de cuidados de atención y de una ayuda material y moral (compárese con el deber de socorrer. V. Socorro).
2° Medida de protección de ciertos incapaces mayores colocados bajo el régimen de cúratela. El curador, por medio de su asistencia, firma los actos junto con el incapaz o le otorga previamente autorización para actuar. El que asiste no representa. V. Representación.
Concurrencia a un lugar. | Presencia actual en un punto. | Socorro, favor, ayuda. | A LA VEJEZ. Beneficio que se concede a los ancianos, a partir de cierto número de años, cuando se encuentran desamparados total o parcialmente. | MÉDICA. El cuidado que procura un médico o un cirujano. Se comprende dentro del concepto legal de alimentos (v.). | PÚBLICA. La organización benéfica destinada a asegurar ciertos servicios sociales por parte de entidades que sean de Derecho Público.
Asilo diplomático | | | Asistencia a la infancia |