[DCiv] Órgano de protección de menores que tiene la misión de intervenir en los actos jurídicos que la ley determine prestando su asistencia a esas. Están sujetos a cúratela los emancipados cuyos padres hayan fallecido o no puedan asistirles, los que han obtenido el beneficio de la mayoría de edad y los pródigos, rf^i CC, arts. 286 ss.
Tutela.
(Derecho Civil) Desde la ley del 3 de enero de 1968, institución que permite asistir a ciertos mayores protegidos por la ley a causa de sus deficiencias físicas o psíquicas.
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