El reintegro con subrogación es la acción que nace a consecuencia del pago con subrogación que efectúa el fiador al acreedor por incumplir el fiado. En virtud de dicho pago, el fiador pagador se subroga en todas las garantías y derechos accesorios al crédito que paga. La posibilidad de ejercitar esta acción por parte del fiador pagador es tan importante que la ley hace depender la subsistencia de la fianza del hecho de que el acreedor no frustre la referida subrogación. Esta acción, junto con la de reintegro simple, están a disposición del fiador que paga, pudiendo elegir libremente cualquiera de ellas.
Código civil, artículo 1.839.
Acción de regreso del cheque | | | Acción de remoción de los efectos del |