Enciclopedia jurídica

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Visita domiciliaria

(Procedimiento Penal) V. Requisa.

La que hace el juez u otra autoridad en casas sospechosas.

La ley determina los requisitos y garantías con que la pesquisa se ha de llevar a cabo; entre otros, la necesidad de resolución judicial fundada; notificación de la orden de allanamiento; de que esté presente el interesado o persona de su familia, o quien le represente, o dos testigos vecinos.


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