(Procedimiento Penal) Respuestas dadas por la corte y el jurado a las cuestiones planteadas después de los debates.
Derecho Procesal
Fallo pronunciado por un jurado. Deberá contener:
1. Los hechos alegados por las partes, que deberá declarar probados o no.
2. Los hechos alegados que puedan determinar la estimación de una causa de exención de responsabilidad.
3. Los hechos que determinen el grado de ejecución, participación y modificación de la responsabilidad.
4. El hecho delictivo por el cual el acusado habrá de ser declarado culpable o no culpable (art. 52. De la L.O. 5/1995, de 22 de mayo, del tribunal del Jurado).
Resolución o dictamen de los jurados elegidos entre ciudadanos que pueden o no tener conocimiento de las leyes.
Declaración mediante la cual el jurado, juez de los hechos, responde a las preguntas que ha planteado el presidente del tribunal penal.
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