(Derecho Civil) Enriquecimiento procurado a uno de los esposos en virtud de las reglas del régimen matrimonial y que, en principio, escapa a las reglas de las liberalidades.
Ventaja que resulta para algunos de los cónyuges de una cláusula expresa del contrato de matrimonio o de la diferencia de valores aportados a la Sociedad o comunidad conyugal.
Ventaja | | | Ventajas adquiridas |