(Derecho Penal) Medida temporal, de una duración máxima de 10 años, que reemplaza a la relegación (medida de eliminación definitiva) que tiende a la readaptación de los multi reineidentes, y que se ejecuta como pena, ya en un establecimiento penitenciario organizado para ello, ya bajo el régimen de la libertad condicional. Esta sanción se suprimió por ley del 2 de febrero de 1981.
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