Conocida popularmente como subasta del salto de la rana, consiste en la estratagema que los licitadores profesionales (subasteros) utilizan para impedir que alguien, generalmente ajeno a aquéllos, pueda ser rematante. Los postores se ponen de acuerdo para que uno de ellos formule una oferta que cubra el tipo de salida. Otro de los subasteros hará seguidamente una puja desmesurada que disuadirá a cualquier otro posible licitador a mejorar la postura. Dicho segundo postor será el rematante y se le adjudicará el bien subastado. De conformidad a lo previsto por los interesados, el rematante deja de consignar el precio y así facilita que el bien sea adjudicado al licitador primero.
Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 1.500, 1.510 y 1.511.
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