Enciclopedia jurídica

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Sobreseimiento civil

Es una de las formas de conclusión eventual del proceso, que conlleva el archivo de las actuaciones, no produce efectos de cosa juzgada y permite reanudar el proceso en el trámite en que fue eventualmente concluido. El sobreseimiento se acuerda por no concurrir ninguna de las partes al acto de comparecencia previa en el juicio de menor cuantía; asimismo, por ser insubsanable el defecto alegado en la comparecencia previa o por no haberlo subsanado en el plazo que a tal efecto se concedió.

Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 691 y 693.


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