[DPro] En el orden civil pueden interponerse contra las resoluciones judiciales los siguientes recursos: 1) recurso de reposición, contra providencias y autos no definitivos; 2) recurso de queja, contra autos; 3) recurso de apelación, contra autos definitivos y aquellos que la ley expresamente señale, además de sentencias; 4) recurso de casación, contra sentencias; 5) recurso extraordinario por infracción procesal, contra sentencias y autos; 6) recurso de casación en interés de ley, contra sentencias; 7) recurso extraordinario de revisión de sentencias firmes, y 8) recursos del demandado rebelde (recursos ordinarios y rescisión de sentencias firmes). Asimismo, existen medios procesales de revisión de diligencias de ordenación, así como de aclaración y subsanación de resoluciones judiciales.
£2a LECiv.
" Recurso de casación civil; Recurso de casación en interés de ley; Recurso extraordinario por infracción procesal.
Sistema de prueba | | | Sistema de recursos en el orden contenci |