Denominado más propiamente seguro de defensa jurídica, es uno de los más modernos seguros de daños. En él el asegurador se obliga a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica, judicial y extrajudicial, derivados de la cobertura del seguro. Se trata, pues, de un seguro que comprende la modalidad del seguro económico y la del seguro de prestación de servicios. No se incluyen en tal seguro el pago de multas y la indemnización de cualquier gasto originado por sanciones impuestas al asegurado por las autoridades administrativas o judiciales.
Ley del Contrato de seguro, artículos 76 a) a 76 g).
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