Derecho Constitucional
Mecanismo constitucional propio de los sistemas parlamentarios, que se sustenta en la relación de confianza que debe mediar entre el parlamento y el gobierno emanado del mismo, en virtud de la cual el gobierno responde de su actuación política ante el parlamento y, en consecuencia, éste puede retirarle la confianza, provocando su caída, mediante el ejercicio de los instrumentos clásicos de exigencia de dicha responsabilidad, que son la moción de censura y la cuestión de confianza. Un contrapeso típico a la exigencia de responsabilidad política del gobierno es la capacidad de éste de disolver el parlamento. En sentido lato e impropio, puede aplicarse en los sistemas presidencialistas a la relación que media entre el jefe del Estado y el electorado. La Constitución Española establece (art. 108) que el Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados y que (art. 113.1) el Congreso puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por la mayoría absoluta de la moción de censura (V. cuestión de confianza; moción de censura).
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