Es el derecho otorgado a los ocupantes legales de inmuebles, que constituyan su residencia habitual, cuando la ejecución de actuaciones urbanísticas requiera que aquéllos desalojen dichos inmuebles; el contenido del derecho es ser alojados en viviendas en condiciones de renta o alquiler vigentes para las sujetas a régimen de protección pública y superficie adecuada a sus necesidades. Cuando se actúa por el sistema de expropiación, el derecho de realojamiento se otorga frente a la Administración expropiante o, en su caso, frente al beneficiario de la expropiación.
Ley del Suelo y ordenación urbana, disposición adicional cuarta.
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