Enciclopedia jurídica

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Puerto

Hondura natural o artificial de una costa marítima, donde los barcos se ponen al abrigo para anclar o amarrar, que cuenta con infraestructura adecuada para la carga y descarga y el control de
las mercaderías según corresponda (Ver Gr.,Servicio de aduana).

Lugar de la costa, natural o artificial, abrigado de los vientos, donde fondean las naves y se efectúan con comodidad y seguridad las operaciones de carga y descarga de mercaderías o embarco y desembarco de tripulantes y pasajeros. | Amparo, protección. | Asilo, refugio. | En algunas partes, tosca represa con ramas y leñas. | En la jerga, posada o venta. | FRANCO. El marítimo y por excepción el fluvial, en que pueden entrar las embarcaciones y descargar sus mercaderías sin tener que pagar derechos aduaneros ni otros fiscales por la introducción, almacenamiento, selección manipuleo, compra o venta de los productos, y a procedan del interior del país o del exterior. | HABILITADO. El que lo está para algunas exportaciones e importaciones. | El que cuenta con adecuadas instalaciones para la carga y descarga de mercaderías, y demás servicios portuarios y de navegación.


Puerta abierta      |      Puerto autónomo