Es la comunicación del acto administrativo efectuada a un colectivo de personas utilizando la forma escrita a través de algún medio difusor, generalmente revistiendo la forma de anuncio. Se practicará la publicación cuando así lo prevean las normas reguladoras de cada procedimiento o si así lo aconsejan razones de interés público valoradas debidamente por el órgano competente. También se utiliza una forma de comunicación intermedia entre la publicación y la notificación, denominada precisamente publicación-notificación: se publica en el diario oficial un conciso anuncio sobre el contenido del acto; en base a ello, el interesado comparecerá dentro de plazo para que se le notifique íntegramente acerca de aquél.
Ley de Régimen jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento administrativo común, artículos 60 y 61.
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