(Derecho Civil) , (Procedimiento Civil) Suma de dinero pagada por uno de ios cónyuges al otro cónyuge (por lo común el esposo a la esposa) con ocasión de un proceso que los enfrenta (divorcio, separación de cuerpos o nulidad), para que pueda atender los gastos del proceso.
La provisión se imputa sobre la masa de bienes que se ha de repartir.
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