[DAd] Fenómeno conocido como huida del Derecho administrativo por el que a través de fórmulas organizativas la Administración ejerce su actividad sometida al Derecho privado como un agente económico más, evitando la complejidad de las normas jurídico-públicas.
Utilización progresivamente incrementada de las figuras y mecanismos del Derecho privado, especialmente del Derecho de contratos y del de sociedades, en la estructuración y funcionamiento de los servicios públicos. La actividad administrativa, necesariamente sofisticada para atender a la complejidad socio-económica presente, puede encontrar recursos válidos en el arsenal privatístico; pero la utilización de éste puede crear indefensión al orillarse el control contencioso-administrativo.
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