Enciclopedia jurídica

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Precio alzado

Es la modalidad de fijación de precio habitualmente empleada en los contratos de obra y, por tanto, en los subcontratos que se derivan de aquéllos. El precio, entonces, se determina globalmente en función del resultado que se espera alcanzar. Otra modalidad de establecimiento del precio consiste en la denominada precio unitario o precio por unidad de medida o número. Cuando el precio previsto por la obra o producto encargado no se fija por presupuesto, se dice que la obra se encarga por administración.

Código civil, artículos 1.588 a 1.592.

Se usa en el contrato de obra o locación de obra. Se estima un precio fijo por la obra o servicio con independencia de cantidad, calidad, tiempo y gastos requeridos. Ver Locación de obra.


Precio afectivo o de afección      |      Precio aplazado