Es la estipulación incluida por las partes en una compraventa, concediendo al comprador el derecho de restituir al vendedor lo comprado y recuperando el precio, que podrá ser distinto del que pagó. El vendedor queda obligado, pues, a readquirir si el comprador ejerce la facultad reservada. Conviene distinguirlo del compromiso de volver a vender, que es una promesa de contratar (pactum de contrahendo), y por el cual se crea una obligación de comprometerse en otra venta.
Código civil, artículo 1.507.
Ver Pacto de "retroemendo".
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