Derecho Procesal
Integran un Cuerpo al que se ingresa por oposición libre, entre quienes tengan el título de Bachiller o equivalente, o por concurso entre funcionarios del Cuerpo Auxiliar, con cinco años, al menos de servicios efectivos y estén en posesión de aquella titulación.
Realizan las labores de tramitación de los asuntos y aquellas otras que se les encomienden de la misma naturaleza, de acuerdo con lo determinado en las leyes y reglamentos; efectúan los actos de comunicación que les atribuye la ley y sustituyen a los secretarios cuando éstos no se sustituyan entre sí (arts. 485, 490 y 492 de la L.O.P.J.).
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