(Derecho Civil) Procedimiento por el cual el deudor de una suma de dinero o de un cuerpo cierto ofrece al acreedor, por medio de un oficial público, el pago de su deuda; en caso de negativa del acreedor a recibir ese pago, el deudor procederá a la consignación (V. esta palabra), lo cual tendrá por efecto liberarlo válidamente.
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