Aunque sustancialmente la nacionalización, lo mismo que la estatización y la municipalización, implique traslado de la prestación del servicio público al estado, hay un matiz que permite diferenciar aquel termino de estos últimos:
estatizar o municipalizar la prestación de un servicio público significa que tal servicio será prestado por el estado general o la Municipalidad, lo que generalmente ocurre con un servicio público creado ab initio por el estado o la Municipalidad; en cambio, nacionalizar un servicio público significa que un servicio o actividad que hasta hoy esta prestado o ejercido por los administrados, en lo sucesivo lo será por el estado, por haber este adquirido la respectiva empresa a través de cualquier medio jurídico idóneo: donación, compraventa, expropiación, rescate, etcétera.
En este orden de ideas, nacionalizar significa convertir en estatal algo que hasta entonces estaba en manos de los particulares o administrados.
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