Es la marca que ha tenido acceso al Registro de la propiedad industrial y mantiene en vigor su inscripción de conformidad con la normativa aplicable. Confiere a su titular el derecho exclusivo de utilizar la marca en el tráfico económico. Aquél podrá designar con la marca los correspondientes productos o servicios; podrá introducir en el mercado, debidamente identificados con la marca registrada, los productos o servicios para los que hubiere sido concedido el registro; y podrá utilizar la marca a efectos publicitarios. Pero la marca registrada conlleva también deberes, entre los que destaca el de usarla.
Ley de Marcas, artículos 3, y 5 a 7.
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