(Derecho Civil) En el contrato de arrendamiento, el que obtiene el derecho de utilizar la cosa arrendada contra el pago de una suma de dinero denominada alquiler. El locatario se designa también “arrendatario”.
La parte que en el contrato de locación paga el precio, ya sea por el uso o goce de una cosa, por la ejecución de una obra (locación de obra), o por el beneficio de un servicio (locación de servicios).
Es sinónimo de inquilino en cuanto locatario de un inmueble.
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