[DE] Constituye una de las libertades comunitarias. Tiene como finalidad aumentar las oportunidades de trabajo de los trabajadores de la Comunidad y facilitar su movilidad, así como ir estableciendo vínculos estrechos en los ciudadanos a través de un tejido social. Se lleva a cabo mediante el libre desplazamiento y estancia de los trabajadores en el ejercicio de la actividad profesional.
TCE, arts. 48 a 51.
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