Enciclopedia jurídica

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Lex junia norbana

La "lex junia norbana" se refiere a la condición de los esclavos manumitidos por procedimientos no solemnes.

Ella vino a legitimar, dándose carácter legal, los procedimientos de manumision no solemnes, cuya eficacia fuera reconocida por el derecho pretoriano, acordando a los manumitidos en tales condiciones una protección que los mantenía en un estado de libertad, aunque no de ciudadanía. Disponía, en efecto, que los esclavos manumitidos por procedimientos no solemnes fuesen libres por derecho, pero no ciudadanos, sino latinos, a los que, por el nombre de la ley que creó la categoría, se denomino junianos.

También se consideró tales a los manumitidos por amos incapaces o con violación de las prohibiciones establecidas por la ley aelia sentia. Si bien estaban privados del jus connubii, con ciudades romanas, gozaban de comercium, o sea que no ex jure quiritium y del de transmitir y adquirir bienes, pero solamente por actos entre vivos, no por disposiciones de última voluntad. No disponían, en consecuencia, del derecho de otorgar testamento, y sus bienes volvían a su muerte, al patrono jure quodammodo peculii.


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