El juez no letrado.
El derecho Canónico, laico.
Del latín laicus y de una voz griega que significa pueblo. En acepción general, analfabeto o ignorante. | Profano. | Desconocedor de una materia. | Dicho de los Jueces, lego es no letrado. | En el Derecho Canónico, quien no tiene órdenes clericales. | E | profeso en un convento religioso cuando carece de opción a recibir las órdenes sagradas. | Legos se dice de los bienes que no pertenecen a la Iglesia. | Lega o laical es la potestad civil o temporal de los gobernantes y magistrados, contrapuesta a la espiritual o eclesiástica de los jerarcas y sacerdotes de la Iglesia.
Legitimidad monárquica | | | Leguleyo |