Es uno de los órganos de la política monetaria prevista en Maastricht. Su entrada en vigor fue prevista para el inicio de 1994 y con el fin de sustituir principalmente al Fondo Europeo de Cooperación Monetaria ( FECOM). En consecuencia, el referido instituto, conocido también por sus siglas IME, es de carácter transitorio puesto que, al tener lugar la tercera fase, será sustituido por el SEBC y por BCE. Los miembros del IME serán los bancos centrales de los Estados miembros. Su objetivo primordial es contribuir a la realización de las condiciones necesarias para la transición a la tercera fase de la Unión Económica y Monetaria. Asimismo, el IME contribuirá al fortalecimiento de la coordinación de las políticas monetarias, con vistas a garantizar la estabilidad de precios.
Tratado de Maastricht, Protocolo 4, artículos 1 y 2.
Instituto Hidrográfico de la Marina | | | Instituto Nacional de Empleo |