Son las cometidas, además, en materia de movimientos migratorios y trabajo de extranjeros. Son infracciones en materia de emigración y movimientos migratorios laborales las acciones y omisiones de las personas físicas o jurídicas que intervengan en operaciones de emigración y movimientos migratorios, que estén tipificadas legalmente. Entre ellas, hay que señalar (1) como leves, la inaplicación de los descuentos establecidos para el transporte de los emigrantes, (2) como graves, la ocultación de cláusulas sustanciales de un contrato ya visado, (3) como muy graves, el establecimiento de cualquier tipo de agencias de reclutamiento de emigrantes. Entre las infracciones en materia de permiso de trabajo de extranjeros, se tipifican las conductas de las personas físicas o jurídicas que promuevan, medien o amparen el trabajo de los extranjeros en España sin el preceptivo permiso de trabajo.
Ley sobre Infracciones y sanciones de orden social, artículos 31 a 35.
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