(Derecho Civil) Determinación cuantitativa y cualitativa de la porción de una masa de bienes (o de un valor) afectada por una intervención jurídica que no recae sino sobre una parte. Así, en caso de pago parcial de una deuda, la suma entregada al acreedor se imputa primero sobre los intereses y después sobre el capital.
Atribución de una culpa a un agente capaz normalmente. | Cargo, acusación, cosa imputada. | Inversión o aplicación contable de una cantidad. | DE PAGOS o DEL PAGO. Determinación que hace el deudor, cuando tiene más de una deuda pendiente con un acreedor, de la obligación u obligaciones que deben considerarse parcial o totalmente extinguidas con el pago que efectúa. A falte! de indicación de deudor, se aplican las reglas legales, salvo aceptar el obligado lo que el acreedor le proponga.
Imputable | | | Imputación de pagos |