Conocida también como régimen de importación temporal, es el régimen aduanero que permite la importación de mercancías destinadas a permanecer temporalmente en el territorio peninsular y balear, para ser reexportadas posteriormente sin perfeccionar. Para gozar de este régimen el interesado deberá obtener la previa autorización correspondiente. Ésta establecerá las condiciones en que será utilizado dicho régimen, indicando en todo caso (1) las medidas de identificación de las mercancías, (2) el plazo para su reexportación, y (3) las aduanas ante las que debe presentarse la declaración de importación. La autorización podrá ser válida para diversas operaciones de importación temporal.
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