(Derecho Internacional Público) Nombre dado a las antiguas colonias británicas que habían obtenido de la metrópoli la autonomía interna y la personalidad internacional y llegado así a la condición de miembros del Commonwealth.
El término no se emplea ya desde que el British Commonwealth pasó a ser el Commonwealth of Nations. V. Commonwealth.
Estados cuya soberanía exterior está subordinada a las directivas de otra Nación que es su metrópoli.
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