Es uno de los derechos patrimoniales del autor de una obra intelectual. Consiste en la facultad que le reconoce el ordenamiento jurídico de publicar sus obras, completas o seleccionadas, sin necesidad de indemnizar a los cesionarios de las distintas obras que publicó anteriormente y que ahora aparecerán reunidas de la forma que el autor estime oportuna.
Ley de Propiedad intelectual, artículo 22.
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