Se incluyen, entre otras, las siguientes modalidades: censal, es la obligación redimible de pagar indefinidamente una pensión anual a una persona y sus sucesores a cambio de un capital recibido por el que se compromete al referido pago. Dentro de esta modalidad de contrato de renta, cabe incluir el llamado pacto de mejora; en su virtud, el perceptor de la pensión podrá exigir dentro del plazo estipulado o, en su defecto, transcurridos cinco años, que se garantice el pago o se mejore la garantía ya establecida. Otra modalidad es la denominada violario; consiste en el derecho a percibir periódicamente una pensión en dinero durante la vida de una o dos personas que a la sazón existan, a cambio de la percepción de un capital o precio. El vitalicio o censo vitalicio consiste en el establecimiento de un censo sin dominio a cambio de la transmisión de una finca que queda gravada por dicho censo, con derecho a percibir el censualista una pensión periódica anual durante toda la vida de una o dos personas que a la sazón existan. La estipulación de renta es la promesa de pagar periódicamente una cantidad de dinero o cosa fungible por un plazo de tiempo limitado de manera concreta.
Compilación del Derecho civil especial de Cataluña, artículos 330 a 335. Ley 6/1990, de 16 de marzo, Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, número 1.273.
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