[DP] Forma de determinación de la pena que se produce en los casos en que una actuación delictiva constituye dos o más delitos (concurso ideal). En estos casos, la pena se calcula conforme al «principio de asperación», es decir, se impone la pena correspondiente a la infracción más grave en su mitad superior sin que ésta pueda superar la suma de las penas que correspondería aplicar a cada delito por separado. Si la pena prevista conforme al principio de asperación excede de la referida suma, se impondrán las penas por separado, «principio de acumulación».
CP, art. 77. m Concurso real de delitos; Concurso medial de delitos.
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