Enciclopedia jurídica

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Cesión de crédito compensable

Es la figura jurídica que combina el mecanismo de la compensación, como forma de extinguir las obligaciones, con la cesión de créditos. El problema que plantea esta combinación radica en determinar hasta qué punto el deudor del crédito compensable cedido puede oponer compensación al nuevo acreedor. Si el deudor hubiese consentido la cesión, no podrá oponer compensación al cesionario; si el deudor no consintió la cesión, podrá oponer al cesionario sólo la compensación de las deudas anteriores a la cesión; y si la cesión se realiza ignorándolo el deudor, podrá oponer al cesionario la compensación de los créditos anteriores a la cesión y la de los posteriores hasta que dicho deudor se enteró de la cesión.

Código civil, artículo 1.198.


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