Enciclopedia jurídica

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Casus belli

(Derecho Internacional Público) Circunstancia de tal índole que puede provocar una declaración de guerra.

En derecho internacional, expresión latina que hace referencia al hecho generador de la guerra entre las partes en conflicto.

En la antigüedad las hostilidades comenzaban con una previa declaración, de carácter simbólico, emitida por el agresor; así por ejemplo, en Roma, la iniciación de la guerra requería una declaración simbólica previa ante el colegio de los feciales.

Durante la edad media, los Reyes y señores feudales iniciaban las hostilidades con el envío previo de un emisario, el Heraldo de armas, quien debía comunicar a la otra parte las intenciones de su señor. El criterio se modifica cuando a partir del siglo XVII y hasta fines del XIX, sucesivas guerras asolaron al mundo sin declaración previa de iniciación de las hostilidades; así por ejemplo, entre las más cruentas se pueden nombrar la guerra greco-turca (1897) y la rusojaponesa (1904).

El Instituto de derecho internacional, en el año 1906, redactó un manifiesto sosteniendo la necesidad de una declaración previa a la iniciación de las hostilidades. Finalmente, el III convenio de la haya, del 18 de octubre de 190(, que reglamenta la iniciación de las hostilidades, exige una advertencia previa y no equivoca que debe estar motivada o fundamentada.

Se ajusta en este sentido al principio de publicidad internacional que debe regir aquellos actos de los estados capaces de lesionar los intereses de sus vecinos.

Como se observa, el casus Belli no es otra cosa que el hecho generador o sea aquel que motiva la declaración de guerra. En

doctrina, numerosos autores han realizado vanamente esfuerzos para clasificar aquellos actos que pueden motivar la iniciación de una guerra. No podía ser de otra manera, ya que el uso de la fuerza para solucionar las cuestiones que pueden suscitarse entre dos estados es una decisión de carácter eminentemente político, motivada por intereses de diversa naturaleza.

Caso, causa o motivo de guerra. Es el acto ofensivo ejecutado por una nación contra otra, y que ésta juzga suficiente para la declaración de guerra.


Castrense      |      Casus foederis