Enciclopedia jurídica

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Antijuridicidad

[DP] Principio en virtud del cual son antijurídicas todas aquellas conductas injustas o ilícitas. El concepto antijuridicidad es más amplio que el de infracción penal (delito o falta), de forma que una actuación ilícita no es un delito o falta si ésta no es típica, es decir, si no puede subsumirse en un supuesto de hecho regulado por el legislador penal.

Elemento esencial del delito, cuya fórmula es el valor que se concede al fin perseguido por la acción criminal en contradicción con aquel otro garantizado por el Derecho.


Antigüedad      |      Antijuridicidad penal