Es una modalidad de los delitos contra la propiedad. Su nombre técnico es utilización ilegítima de vehículos de motor ajenos, aunque también es conocido con el nombre de hurto de uso. La tipificación penal señala que el que sin la debida autorización y sin ánimo de haberlo como propio, utilizare un vehículo de motor ajeno, cualquiera que fuera su clase, potencia o cilindrada, incurrirá en arresto mayor o multa de 100.000 a 1.000.000 de pesetas. Si ejecutare el hecho empleando fuerza en las cosas, la pena indicada se aplicará en su grado máximo. Si el culpable dejare transcurrir veinticuatro horas sin restituir directa o indirectamente el vehículo, incurrirá en las dos penas conjuntamente. Si empleare violencia o intimidación en las personas, se castigará como robo con violencia. En todo caso, se impondrá además la pena de privación del permiso de conducción por tiempo de tres meses a cinco años o la de obtenerlo en el mismo plazo.
Código penal, artículo 516 bis.
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