« (Derecho Civil) Io Regla consuetudinaria especial de una región o de una profesión que los particulares siguen habitualmente en sus actos jurídicos sin referirse expresamente a ella. V. Costumbre.
2° Utilización de una cosa. V. “Usus”.
(Derecho Laboral) Práctica profesional antigua y constante, que en el ánimo de quienes la observan, responde a una obligación.
Los usos están a veces consagrados por la ley. Así ocurre con el plazo de preaviso.
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