(Derecho Laboral) Interrupción del contrato de trabajo de breve duración decidida por el empleador, ya a título de sanción (suspensión disciplinaria), ya por razones económicas (suspensión económica). La suspensión momentánea económica exige el consentimiento del asalariado, sin lo cual puede equivaler a un despido.
Suspensión momentánea especial: suspensión de un representante del personal que ha cometido una falta grave, en espera de que el inspector del trabajo decida acerca de la petición de despido.
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