Es uno de los grupos de elementos que integran dicho arancel. Las dos últimas cifras de su codificación están precisamente dedicadas a identificar las subpartidas correspondientes a las subdivisiones complementarias necesarias para la designación de las mercancías que son objeto de una serie de medidas específicas. Estas, por su parte, se integran en uno de los dos anexos del TARIC. Otro de los dos anexos contiene la relación de las subpartidas, señalando su nomenclatura y codificación. Complementando todo ello, el arancel se integra con los tipos de los derechos de aduanas aplicables según el origen o procedencia de las mercancías, así como los demás elementos de percepción; por último, integran el TARIC cualquier otro elemento informativo necesario para la aplicación o la gestión de las correspondientes medidas comunitarias o nacionales.
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